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Asesoría Fiscal

¿Qué es un ERTE?

By marzo 19, 2020 No Comments

Un ERTE es un procedimiento administrativo por el que el empresario podrá suspender o reducir el contrato de trabajo de sus trabajadores de forma temporal cuando exista:

  • Una causa de fuerza mayor: es la situación que tenemos con el COVID-19, pues es aquella causa que, generada por hechos o acontecimientos involuntarios, imprevisibles, externos al círculo de la empresa, imposibilita temporalmente la actividad laboral. La existencia de fuerza mayor deberá ser constatada por la Autoridad Laboral, cualquiera que sea el número de trabajadores afectados. La suspensión tiene efecto desde la fecha del hecho causante de la fuerza mayor. Por ejemplo, desde que la actividad de la empresa es suspenda por orden de la autoridad sanitaria en el marco de la crisis del COVID-19.

En cuanto a documentación será necesario aportar todas aquellas decisiones gubernativas que sirvan para justificar que se trata de una situación generada por hechos o acontecimientos involuntarios, imprevisibles, externos al círculo de la empresa y que imposibilitan temporalmente la actividad laboral. Asimismo, es obligatorio el informe de la Inspección de Trabajo.

También cabe mencionar que la resolución de los expedientes por fuerza mayor no requiere período de consultas con los representantes legales de los trabajadores, ya que se trata de una constatación por la Autoridad Laboral de la existencia de dicha fuerza mayor.

  • Causas económicas, técnicas o de producción. La suspensión tiene efectos desde la fecha en que la empresa comunique su decisión a la autoridad laboral, salvo que la empresa establezca una posterior.

Generalmente los ERTES son por suspensión, pero también es posible solicitar ERTES de reducción de jornada. Un ERTE de reducción de jornada se da cuando se produce la disminución temporal de entre un 10 y un 70% de la jornada de trabajo computada sobre la base de la jornada diaria, semanal, mensual o anual. En este caso, se determinará para cada uno de los trabajadores afectados los períodos concretos en los que se va a producir la reducción, así como el horario de trabajo afectado por la misma, durante todo el período que se extienda su vigencia.

La decisión de aplicación de medidas de suspensión de contratos o de reducción de jornada corresponde a la empresa, la cual deberá dar traslado de dicha decisión a los representantes de los trabajadores y a la autoridad laboral.

El procedimiento de ERTE se inicia telemáticamente mediante solicitud de la empresa ante la autoridad laboral, en ámbito autonómico, la Dirección General de Trabajo de la Comunidad de Madrid, cualquiera que sea la causa y el número de trabajadores afectados por la medida. Simultáneamente se comunicará a los representantes legales de los trabajadores.

La documentación se presentará de forma telemática en la siguiente dirección: https://gestionesytramites.madrid.org/cs/Satellite?c=CM_Tramite_FA&cid=1354197780204&language=es&nombreVb=impresos&op=PSAE_&pagename=ICMFramework%2FComunes%2FLogica%2FICM_WrapperGetion&tipoGestion=GFORM

Asimismo, hay que tener en cuenta que se puede presentar una solicitud de ERTE para varios centros de trabajo si existe la misma causa.

Llámanos al 913 56 63 88

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