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Defensor del franquiciado

El contrato de franquicia y sus potenciales riesgos para el franquiciado

Al firmar un contrato de franquicia, el franquiciado se compromete con el franquiciador a explotar el negocio bajo su método, ya probado y universal. Esto hace que haya que extremar las precauciones antes de la firma entre ambas partes. Es importante tener en cuenta que es un contrato intuitu personae o personalísimo; es decir, que se celebra en atención a las cualidades del franquiciado. Por esta razón, en principio, el franquiciado no puede ceder su posición en el contrato ni subrogarse de otra manera sin el consentimiento previo del franquiciador.

Antes de empezar la relación con una franquicia, debes tener en cuenta los pasos y timing que tienes como franquiciado.

Lo primero que te aconsejamos es que firmes un Precontrato y posteriormente que prestes mucha atención a los puntos del contrato, donde se reflejarán los derechos y obligaciones de cada una de las partes, franquiciado y franquiciador; entre otros.

Contrato de franquicia | Hedilla Abogados

El precontrato

También se llama contrato de reserva o acuerdo de intención y se trata de un documento contractual, a modo de opción de compra de la franquicia para el potencial franquiciado, que permite adelantar la ejecución de ciertas operaciones y análisis, antes de otorgar el contrato que regulará el acuerdo final. 

El precontrato da una posición preferente de adhesión a la red para el franquiciado, mediante la explotación de un negocio ya probado, en un mercado que se delimitará con anterioridad.

20 días antes de la firma del contrato de franquicia o de la entrega por el futuro franquiciado al franquiciador de cualquier pago, el franquiciador debe entregar al futuro franquiciado por escrito la información necesaria acerca de su identidad, del negocio objeto del contrato, de la red de franquicia y de los elementos esenciales del futuro contrato.  

Toda la información que se debe transmitir al franquiciado para que pueda tomar una decisión libre y con conocimiento se encuentra en el artículo 3 del Real Decreto 201/2010, de 26 de febrero, por el que se regula el ejercicio de la actividad comercial en régimen de franquicia y la comunicación de datos al registro de franquiciadores.

El acuerdo de franquicia debe incluir:

  • La cesión de la marca al franquiciado
  • La transmisión del Know-How (Saber Hacer) 
  • La prestación de asistencia continuada al franquiciado durante toda la vigencia del contrato.

La ausencia de cualquiera de estos puntos impide la calificación del acuerdo como franquicia. Por ello desde Hedilla Abogados, asesoramos al franquiciado desde que inicia la relación con una franquicia, ya que el contrato de franquicia es especial y no se encuentra específicamente regulado en el derecho español. Por ello, recomendamos al franquiciado, que conozca al detalle, los puntos más importantes de su contrato para evitar disgustos en el futuro. 

Infografía Puntos Clave Contrato de Franquicia | Hedilla Abogados
  1. Derechos y obligaciones tanto del franquiciador como del franquiciado. El franquiciado deberá exigir que el documento que firme regule de forma clara e inequívoca las obligaciones que el sistema de franquicia impone al franquiciador y cumplir con las exigencias de la normativa.
  2. Bienes y servicios proporcionados al franquiciado.
  3. Duración del contrato. Suele fijarse teniendo en cuenta la amortización de la inversión del franquiciado.
  4. Condiciones de renovación.
  5. Casos en los que es posible ceder o transferir los derechos derivados del contrato, así como las condiciones de prioridad del franquiciador.
  6. Formas de utilizar por el franquiciado los símbolos del franquiciador: distintivo, marca, logotipo, etc.
  7. Derecho del franquiciador de hacer evolucionar su concepto de franquicia.
  8. Cláusulas de rescisión del contrato.
  9. Cláusulas de recuperación de cualquier elemento material o inmaterial que pertenezca al franquiciador, en caso de finalización del contrato antes de lo previsto.

En definitiva, el contrato de franquicia deberá ajustarse al Derecho Nacional, al Derecho Comunitario y al Código Deontológico.  

Además, reflejará los intereses de los miembros de la red de franquicia, protegerá los derechos de propiedad industrial e intelectual del franquiciador, y mantendrá la identidad común y la reputación de la red de franquicia.

Otros factores que conviene tener controlados para evitar problemas con el franquiciador es el de los gastos que van asociados a la hora de emprender de una franquicia.

Principales gastos del franquiciado

  • Canon de entrada: debe pagarse al momento, al firmar el contrato, excepto si se acuerda lo contrario, 
  • Canon periódico: se paga en base a la periodicidad acordada por las partes. Puede ser mensual, trimestral, anual, etc…  hay tres formas de efectuarlo:
  1. Importe fijo.
  2. Importe porcentual de la facturación del franquiciado,
  3. Importe mixto (un importe fijo y otro porcentual).
  • Canon de publicidad: destinado a financiar las campañas publicitarias, tanto en la web como en el local físico, que realizará el franquiciador junto con todos sus franquiciados.
  • Gastos del local: independientemente sea en alquiler o propiedad, son gastos que debe asumir. En el caso que hubiera que realizar en el local alguna obra civil, es una de las cláusulas que se podrían negociar en el momento de la negociación con la franquicia, para diversificar el gasto en diferentes periodos.

 

Expertos en Asesoría legal a franquiciados

Teniendo en cuenta todo lo explicado anteriormente, es mucho más seguro firmar el contrato de la mano de expertos profesionales. 

En Hedilla Abogados asesoramos al franquiciado (que es la parte más débil del contrato), con el objetivo de facilitar su elección con éxito. Le ayudamos en la selección de las alternativas de actividad que mejor se adecúe a su perfil personal, profesional y patrimonial, valorando y analizando cada una de ellas y las franquicias más adecuadas a sus necesidades con la máxima fiabilidad. Para ello disponemos de toda la información necesaria: bases de datos, informes que analizan y valoran cada franquicia, y en general, la más amplia documentación para garantizar el acierto en la toma de decisiones.

Somos expertos en el ámbito jurídico de las franquicias, por eso conocemos las necesidades del franquiciado y en qué momentos de su relación con el franquiciador nos puede necesitar.

Momentos de discrepancia en los que necesitarás asesoramiento legal.

  • Resolución de conflictos internos: que van desde incumplimientos leves o cancelaciones del contrato antes de la fecha prevista hasta impagos de royalties o de otro tipo de obligaciones financieras.
  • Redacción de contratos de franquicias y de documentación jurídica: en el marco de las relaciones con los franquiciados y también en las relaciones con otro tipo proveedores o colaboradores. 
  • Adaptación de documentación jurídica a los cambios y actualizaciones que van dándose en los diferentes entornos de las redes de franquicias.
  • Representación en tribunales para la resolución de conflictos que no han podido ser resueltos por otra vía de negociación.

Esperamos haber respondido a tus dudas sobre franquicias inmobiliarias y recuerda que ponemos nuestros más de treinta años de experiencia a tu disposición para cualquier asesoramiento. No dudes en contactarnos.

 

 

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