El año 2022 ha llegado con novedades en el ámbito legal y que afectan de manera directa a la gestión de los negocios, en concreto, a las contrataciones y los trabajadores. En el artículo de hoy vamos a resumir y desgranar los puntos más importantes a tener en cuenta en el funcionamiento de nuestro negocio, en concreto: la gestión de los ERTE, las modificaciones en la tipología de contratos y cambios en la negociación colectiva.
Antes de comenzar y a modo de resumen general, la reforma se centra en simplificar de algún modo los contratos y la subcontratación, establecer mecanismos para la flexibilidad interna y recualificación de trabajadores en transición, sobre la negociación colectiva y la modernización de la contratación y subcontratación de actividades empresariales.
Sobre negociación colectiva:
- Las condiciones establecidas en un convenio colectivo seguirán en vigor aún después de que se termine su vigencia expresa (nueva redacción del art. 86 del ET).
- Los convenios sectoriales marcarán los salario mínimos y no los de empresa (nueva redacción del art. 84.2 del ET).
Sobre contratos:
Solo se podrá celebrar contratos de trabajo de duración determinada por circunstancias de la producción (definidas en el nuevo art 15 ET)o por sustitución de la persona trabajadora
Reducción a 18 meses el encadenamiento de contratos par considerar a una persona fija
Se potencia el contrato fijo discontinuo
Incremento de las sanciones a empresas en materia de incumplimiento de contrato
Se impone una cotización adicional a los contratos de duración determinada
Convenio de empresa prevalece sobre el sectorial salvo en materia de salario y complemento
Sobre los contratos temporales, la ley da tres meses para adaptar los contratos vigentes a la nueva legislación
Sobre los contratos en formación:
Se reducen tiempos de los periodos de los contratos formativos (arti. 11.3 ET) y en un plazo de 6 meses de debería aprobar un estatuto del becario.
Sobre los ERTE:
Nueva redacción del articulo 47 ET y un nuevo articulo 47bis ET en los que los ERTES ETOP y por fuerza mayor se flexibilizan para una más rápida tramitación y se imponen limitaciones como la prohibición de horas extras y la externalización de contratos.
Por último, la reforma laboral también afecta a la concatenación de contratos y la supresión de otros como el de obra y servicio. No obstante, si necesitáis ayuda o tenéis dudas con respecto a vuestros trabajadores y contrataciones, Hedilla Abogados pone a vuestra disposición su gestoría especializada en la gestión de negocios regulados por el Estado.