Las franquicias tienen mucho éxito tanto entre los empresarios consagrados (franquiciadores) como entre los que dan sus primeros pasos como emprendedores (franquiciados). El motivo es que, por un lado, a los franquiciados, les permite aprovechar el modelo de negocio y la imagen de una compañía con una marca que ya lleva un tiempo considerable en el mercado. Por otro lado, si lo que se desea es expandir una compañía como franquiciador y dar a conocer la marca en otros territorios, también tiene bastantes garantías de éxito ampliar la cartera de clientes mediante el modelo de franquicia.
Pero tanto para unos como para otros hay una serie de trámites que hay que realizar y un conjunto de requisitos legales que hay que cumplir. Desde Hedilla Abogados desarrollamos a continuación los más destacados e imprescindibles.
Requisitos legales para el franquiciado
1. Persona física o jurídica
En ocasiones, el franquiciador da libertad de elección al franquiciado sobre la forma empresarial que desea darle a su negocio. Por tanto, tendrá que analizar si le interesa más ser persona física o jurídica. En otras ocasiones, este factor viene determinado de forma obligatoria por la empresa franquiciadora y, el franquiciado, simplemente, se limita a acatarlo.
2. Canon de entrada
Hay franquicias que lo exigen a sus franquiciados y otras que no. Recomendamos informarse bien al respecto, para elegir qué franquicia es más interesante según el sector donde se desee emprender el negocio. Antes de tomar una decisión, hay que valorar todo en su conjunto ya que, a veces se ofrecen otras ventajas mucho más favorables, aunque se cobre el canon de entrada.
3. Pago de royalties
Una franquicia tiene la ventaja de estar invirtiendo en un modelo de negocio ya validado. Esta es la razón por la que hay que pagar unos royalties que pueden consistir en un porcentaje de los beneficios obtenidos como franquiciado o sobre, la cifra de ventas (suele ser, entre un 3% y un 5% de la facturación mensual o anual). Esto no siempre es exigido por todas las cadenas y es un aspecto que se deberá tener en cuenta al formalizar una franquicia.
4. El franquiciado puede exigir por ley el Know how del franquiciador
Según el Real Decreto 201/2010, el derecho a la explotación de la franquicia implica la comunicación por parte del franquiciador al franquiciado de unos conocimientos técnicos o un saber hacer, que deberá ser propio, sustancial y singular. Por ello, el franquiciado puede exigir al franquiciador facilidades para el buen funcionamiento de la empresa como asistencia comercial o asistencia técnica, durante el tiempo que dure el acuerdo.
5. Hay que tener claros los conceptos exigibles del contrato
En el contrato, debe quedar clara la relación jurídica que se va a establecer con la firma del mismo para evitar problemas posteriores. Por ello, es recomendable previamente entender a la perfección todas y cada una de sus cláusulas y textos. Un contrato de franquicia debe incluir: la concesión de las licencias de fabricación, la cesión de marca registrada en determinada zona y su imagen comercial, y la transferencia de tecnología. Además, también es recomendable, antes de firmar, supervisar conceptos como los precios con proveedores y otras facilidades y ventajas.
6. Registro de la franquicia
Después de abrir la franquicia, hay un plazo de tres meses para comunicar los datos al registro de cada comunidad autónoma (en el caso de que esta los requiera). Los datos que hay que proporcionar al registro son los siguientes: datos generales (nombre o razón social de empresa, domicilio, datos de inscripción en el Registro Mercantil, si se es persona jurídica, y número o código de identificación fiscal); relación de los derechos de propiedad industrial o intelectual; acreditación de tener concedida y en vigor la titularidad; y derechos de licencia de uso sobre los mismos, así como su duración. Una vez registrados los datos, se obtiene el Identificador Registral que certifica y acredita que la franquicia ha sido registrada.
Requisitos legales para el franquiciador
1. Registro de la marca
Es esencial que el nombre de la franquicia tenga la marca registrada. Es decir, se debe tener en cuenta la importancia de proteger la marca para evitar que otros puedan aprovechar su idea, nombre o imagen. Por tanto, los primeros pasos como franquiciador deben ser los de asegurarse de tener registrada la marca, el logotipo, el eslogan y cualquier aspecto de imagen corporativa y actividad original de la empresa.
2. Inscripción de la empresa
Hay que asegurarse de que en la comunidad autónoma donde se va inscribir existe el requisito legal de inscribir una empresa como franquicia en el Registro de Franquiciadores. Antes era obligatorio en todo el país pero con la entrada en vigor del Real Decreto Ley 20/2018 de 7 de diciembre quedó derogada la obligación de las empresas que quisieran desarrollar una actividad franquiciadora en España a comunicarla al Registro de Franquiciadores. Ahora solo se deben realizar las comunicaciones que exijan las normas de las comunidades autónomas donde se desarrolla la actividad.
3. Derechos y obligaciones del contrato con franquiciados
Se debe poner especial atención en el contrato a firmar con los franquiciados y los asuntos que debe tratar: derechos y obligaciones por parte de ambos, duración del contrato, cesión de derechos, localización, renovaciones, sanciones, cesiones, relaciones con proveedores y cualquier ventaja y condición de ser franquiciado de la empresa.
4. Información precontractual veraz
Veinte días antes de firmar el contrato, el franquiciador debe facilitar al franquiciado cierta información: datos del franquiciador (nombre y razón social, domicilio…); acreditación del registro de la propiedad y uso de la marca; descripción del sector de actividad; ubicación exclusiva elegida para el desarrollo de la actividad , exigencia del deber de confidencialidad; información económica prevista a obtener con la apertura del establecimiento etc.
5. Valores del sistema financiero
Deben definirse correctamente los valores del sistema financiero que hacen referencia a la cuota inicial, los royalties y otros gastos. Estos deben ser coherentes y sólidos.
Resumiendo, son tantos y tan delicados los requisitos legales a tener en cuenta al tomar la decisión de abrir una franquicia, que lo más recomendable es solicitar asesoramiento legal experto, especialmente en el caso de ser franquiciado para no sufrir las consecuencias de ser la parte más débil del contrato. Desde Hedilla Abogados recordamos que estamos siempre a disposición de todo franquiciado para buscar soluciones ante cualquier caso de incumplimiento jurídico por parte de su franquiciador.