Llegando al mes de septiembre del 2021, la Agencia Tributaria nos recuerda las obligaciones fiscales que deben cumplir aquellos obligados tributarios a través del calendario del contribuyente.
Estas obligaciones fiscales podremos diferenciarlas en dos grupos. Primero, las que ocurrirán hasta el día 20 del mismo mes. Entre ellas, podemos encontrar las siguientes:
- Renta y sociedades:
Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
➡ Agosto de 2021. Grandes empresas: modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230.
- IVA:
➡ Julio y agosto de 2021. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: modelo 349.
➡ Agosto de 2021. Operaciones asimiladas a las importaciones: modelo 380.
- Impuesto sobre las primas de seguros:
➡ Julio y agosto de 2021: modelo 430.
- Impuestos especiales de fabricación:
➡ Junio de 2021. Grandes empresas: 561, 562, 563.
➡ Agosto de 2021: 548, 566, 581.
Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados: modelo 510.
- Impuesto especial sobre la electricidad:
➡ Agosto de 2021. Grandes empresas: modelo 560.
- Impuestos medioambientales:
➡ Segundo trimestre de 2021. Pago fraccionado: modelo 583.
➡ Segundo cuatrimestre de 2021. Autoliquidación: modelo 587.
- Impuesto sobre las transacciones financieras:
➡ Agosto de 2021: modelo 604.
Por otro lado, estarían las obligaciones fiscales reflejadas en el calendario del contribuyente hasta el 30 de septiembre:
- IVA:
➡ Agosto de 2021. Autoliquidación: modelo 303.
➡ Agosto de 2021. Grupo de entidades, modelo individual: modelo 322.
➡ Agosto de 2021. Grupo de entidades, modelo agregado: modelo 353.
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