El Real Decreto-ley 7/2020 de 12 de Marzo contempla una serie de medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19. Una de ellas es la de aplazamientos para PYMES y autónomos. Con carácter provisional, los contribuyentes que quieran acogerse a las medidas de flexibilización de aplazamientos incluidas en el mismo, deberán llevar a cabo los siguientes pasos:
- Presentar por los procedimientos habituales la autoliquidación en la que figuran las cantidades a ingresar que el contribuyente quiere aplazar, marcando, como con cualquier aplazamiento, la opción de “reconocimiento de deuda”.
- Acceder al trámite “Presentar solicitud”, dentro del apartado de aplazamientos de la sede electrónica de la AEAT, en el siguiente link: https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/procedimientoini/RB01.shtml.
- Rellenar los campos de la solicitud. En los campos referidos a identificación del obligado tributario, deudas a aplazar y datos de domiciliación bancaria, no existe ninguna peculiaridad.
Asimismo, si deseas acogerte a estas medidas debes prestar especial atención a los siguientes campos:
- Tipo de garantías ofrecidas: marcar la opción “Exención”.
- Propuesta de plazos; nº de plazos: incorporar el número “1”.
- Periodicidad: marcar la opción “No procede”.
- Fecha primer plazo: se debe incorporar la fecha correspondiente a contar un periodo de seis meses desde la fecha de fin de plazo ordinario de presentación de la autoliquidación (por ejemplo, la autoliquidación mensual de IVA MOD 303 del mes de febrero vence el 30 de marzo, de manera que la fecha a incluir sería 30-09-2020).
- MUY IMPORTANTE: Adicionalmente, en el campo “Motivo de la solicitud” se debe incluir la expresión “Aplazamiento RDL”. Incorporar esta expresión en el campo de texto es fundamental para la correcta tramitación de la solicitud mientras se concreta por parte de la AEAT un procedimiento definitivo.
4. Presentar la solicitud, presionando el icono “Firmar y enviar”.